
Nota de la Redacción: El presente informe fue elaborado en respuesta a la Carta de Propuestas que el Foro Interreligioso Social de Venezuela le presentó a Delcy Rodríguez, el pasado martes 7 de abril, la cual puede descargar aquí.
Alcance metodológico. Este informe evalúa el contenido de la carta del foro interreligioso, a la luz de estándares de verdad, justicia, reparación, garantías de no repetición y libertad religiosa, usando como marco los informes recientes de la ONU y la OEA sobre Venezuela, junto con principios bíblico-teológicos sobre justicia y reconciliación.
1. Contexto internacional relevante
La carta debe leerse en un entorno donde la ONU y la OEA han documentado en Venezuela represión coordinada, detenciones arbitrarias, tortura, desapariciones forzadas de corta duración, violencia sexual, persecución política y restricciones severas al espacio cívico, especialmente en el ciclo electoral de 2024 y en el período posterior. La Misión de Determinación de Hechos de la ONU informó en octubre de 2024 que esas violaciones formaban parte de un plan coordinado para silenciar voces críticas; la IACHR describió una estrategia represiva coordinada antes, durante y después de las elecciones presidenciales de julio de 2024; y la OHCHR señaló en marzo de 2026 que seguían produciéndose detenciones motivadas políticamente y denuncias de tortura y malos tratos.
Además, el sistema interamericano y el sistema universal han insistido en que, frente a violaciones graves, el eje correcto no es la impunidad sino la combinación de verdad, justicia, reparaciones y garantías de no repetición. La guía de la ONU sobre amnistías advierte que nunca pueden cubrir genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra ni violaciones graves de derechos humanos, y que no deben frustrar el derecho de las víctimas a la verdad y al remedio efectivo.
2. Marco bíblico de evaluación
Desde la teología bíblica, la paz auténtica no se separa de la justicia. Amos une justicia y rectitud como flujo continuo, y la literatura sobre justicia cristiana subraya que la Biblia no reduce justicia a benevolencia abstracta, sino que la vincula con derechos, juicio correcto y protección del vulnerable. Wolterstorff presenta la justicia como un asunto de derechos y de trato debido; la reseña de su obra en Themelios destaca que, en su enfoque, el perdón no destruye la justicia, sino que puede coexistir con una justicia robusta y reprobativa.
En términos escatológicos y pastorales, el Evangelio no llama a normalizar el mal para preservar una paz aparente. N. T. Wright insiste en que la obra de Dios en Cristo busca “poner el mundo en orden” y reconciliar; esa reconciliación no es evasión moral, sino restauración del orden debido bajo el señorío de Dios.
3. Evaluación de la carta. aspectos aceptables, plausibles y no aceptables
A. Aspectos aceptables
- Apertura al diálogo y a la mediación. La propuesta de una mesa de diálogo, jornadas comunitarias y mecanismos de escucha puede ser legítima como herramienta de desescalada, siempre que no sustituya la verdad ni la rendición de cuentas. En procesos de transición, el diálogo es válido cuando se orienta a verdad, reparación y no repetición.
- Asistencia humanitaria y protección social. La colaboración de comunidades de fe en salud, educación y atención social es positiva, especialmente en un contexto de deterioro humanitario y vulnerabilidad extendida. La ONU y la OHCHR siguen destacando la urgencia de proteger derechos económicos y sociales en Venezuela.
- Defensa de libertades religiosas, de pensamiento y asociación. La revisión de normas que restringen el espacio cívico y la libertad religiosa es una demanda compatible con los estándares internacionales de DDHH.
- Veeduría ética y trato digno. La idea de vigilancia ética en los programas sociales es válida, porque la ayuda humanitaria debe ser no discriminatoria y respetuosa de la dignidad humana.
B. Aspectos plausibles, pero insuficientes o condicionados
- “Espacios de Escucha Segura” y “territorios neutrales”. La intuición es útil, pero en un contexto donde persisten persecución y control político, la neutralidad no puede significar equidistancia moral entre víctimas y victimarios. Es plausible solo si esos espacios están blindados por independencia, confidencialidad, participación de víctimas y verificación externa.
- “Cultura del encuentro” y “reencuentro de todos los venezolanos”. Es una meta deseable, pero bíblica y jurídicamente solo es legítima cuando está precedida por verdad, reconocimiento del daño, reparación y garantías de no repetición. Sin eso, la “cultura del encuentro” puede convertirse en maquillaje moral.
- Colaboración con autoridades para programas sociales. Puede ser útil si hay transparencia, supervisión independiente y ausencia de cooptación; de lo contrario, corre el riesgo de instrumentalizar la fe para normalizar estructuras denunciadas por represión y abuso.
C. Aspectos no aceptables o incompatibles con justicia transicional y ética bíblica
- “Seguimiento e implementación de la Ley de Amnistía” con el propósito de “lograr el cierre definitivo de los procesos judiciales de manera efectiva”. Este es el punto más problemático. La ONU es explícita: las amnistías no pueden cubrir crímenes de lesa humanidad, tortura, desapariciones forzadas u otras violaciones graves; además, no pueden suprimir el derecho de las víctimas a la verdad, la reparación y un recurso efectivo. Un “cierre definitivo” de procesos, formulado así, se acerca a una cláusula de impunidad.
- Ampliar mecanismos legales “en beneficio de personas detenidas o exiliadas por razones políticas” sin distinguir entre víctimas, beneficiarios arbitrarios y responsables de graves violaciones. La distinción es esencial. La justicia transicional no trata igual al perseguido que al perpetrador, ni puede convertir la liberación legítima de inocentes en cobertura para quienes ordenaron, ejecutaron o encubrieron abusos.
- Mecanismos de paz sin eje explícito de verdad, justicia y reparaciones. La carta habla de paz, convivencia y dignidad, pero no incorpora de forma expresa una arquitectura de verdad, memoria, reparación a víctimas ni garantías de no repetición. Desde la perspectiva bíblica y de DDHH, esa omisión es grave.
4. Diagnóstico técnico de fondo
La carta es fuerte en lenguaje conciliador y en acciones sociales, pero débil en justicia. Su tono es más de administración de convivencia que de transición hacia la verdad. En el contexto venezolano actual donde organismos de la ONU y la OEA, y ONGs como Provea, Amnistía Internacional, El Foro Penal, entre oras siguen documentando detenciones, tortura, represión política y restricciones al espacio cívico cualquier propuesta de “paz” que no nombre el daño, no reconozca a las víctimas y no limite la impunidad corre el riesgo de funcionar como legitimación del statu quo.
Desde la ética bíblica, eso también es insuficiente. La Escritura y la tradición cristiana de justicia muestran que el perdón auténtico no destruye la responsabilidad; la paz verdadera no cancela el juicio justo; y la reconciliación exige verdad y reparación. Wolterstorff y la reflexión evangélica sobre justicia sostienen que el amor cristiano puede ir más allá de la justicia, pero no por debajo de ella.
5. Acuerdos del debate de justicia como bases de la transición a la democracia
En días pasados recientes un grupo de ministros evangélicos venezolanos de diferentes regiones del país debatieron sobre el tema de la Justicia y los tipos de justicia desde la perspectiva bíblica teológica para sentar bases en el proceso de transición hacia la democracia, tomando en cuenta la justicia como pilar en el proceso de reconciliación y perdón. Entre los acuerdos en el debate se confirmó:
a. La justicia de Dios no puede separarse de la verdad
b. El perdón bíblico no equivale a impunidad (El modelo de Zaqueo es decisivo)
c. La reconciliación exige arrepentimiento
d. La iglesia no debe legitimar la injusticia (Cuando la iglesia calla ante el mal público, pierde autoridad profética)
e. La justicia bíblica tiene dimensión escatológica (La justicia de Dios culmina en juicio y restauración final)
El debate dejó una conclusión robusta, “no existe reconstrucción nacional sin justicia, ni justicia bíblica sin verdad, arrepentimiento, restitución y santidad”.
6. Conclusión
La carta tiene elementos útiles para una agenda humanitaria y de convivencia, pero no es aceptable como marco suficiente de reconciliación nacional porque propone mecanismos de cierre judicial y amnistía sin amarrarlos de manera explícita a verdad, responsabilidad individual, reparación integral y garantías de no repetición.
En un contexto donde persisten graves violaciones documentadas por ONU y OEA, esa omisión no es menor puede terminar consolidando impunidad.
Analista en Pensamiento Estratégico y Seguridad Global:
Plácido Omar Córcega Caraballo
7 de abril de 2026.


