[Adonirán Díaz – Pastor y Máster en Administración (IESA)].-
Desde hace mucho tiempo ha existido una gran confusión en cuanto a los términos crédito y deuda. Una pregunta inmediata es: ¿Es lo mismo crédito que deuda?. En la confusión de muchas personas su respuesta sería que sí es lo mismo. La respuesta correcta es que no es lo mismo. La confusión al respecto ha surgido de la ignorancia de cada uno de los términos en cuanto su definición de manera correcta. Lo que se ha hecho es repetir lo que los lingüistas llaman «el abuso del lenguaje». La respuesta correcta, con el fin de ayudar a todas las personas quienes pudieran persistir en la comparación de igualdad de crédito y deuda, es: no es lo mismo crédito que deuda.
La confusión sobre la igualdad de estos términos nos ha ubicado en la Sagrada Escritura, cuando el Señor recomienda «No debáis a nadie nada…» (Romanos 13:8a. VRV).
Retomando la pregunta sobre la igualdad de estos términos y usando la Sagrada Escritura hacemos dos preguntas: 1. ¿La deuda está prohibida por Dios?; 2. El crédito está prohibido por Dios? Las respuestas a estas dos preguntas son: La primera es totalmente correcta, y está basada en Romanos 13:8a, (VRV). La segunda pregunta tiene una respuesta negativa, es decir: es falso que Dios prohíba el crédito.
Vamos a definir ambos términos, y luego analizaremos algunas cosas alrededor de los dos términos. Cuando definamos estos dos términos, casi por sí solos se sobreentienden y quizás no haga falta hacer aclaratorias. Las aclaratorias solo nos van a ayudar a reforzar el conocimiento acerca de «crédito y deuda».
CRÉDITO: Es la confianza (puerta abierta) que dan las instituciones financieras o individuos, a una persona o a otra entidad, basada en el historial crediticio de un ente o una persona, mediante el cumplimiento de los pagos a fecha cierta de los compromisos contraídos con anterioridad, dada la solvencia moral y la capacidad en activos para respaldar dichos créditos.
DEUDA: Es la insolvencia crediticia producida por mora en los pagos a fecha cierta de los créditos adquiridos previamente. Dicho de otra manera, la deuda es la incapacidad de pago de un compromiso contraído previamente. Si alguien cae en deuda se debe a que no cumplió a fecha cierta los pagos que debió hacer según el crédito acordado con una institución financiera y con una persona.
Por la definición de «crédito», las personas requieren de créditos, comenzando por los pequeños, por ejemplo, en tarjetas de crédito, créditos personales bancarios de poca cantidad, créditos en electro-domésticos. Estos pequeños créditos formarán el «historial crediticio». El historial crediticio es un aval muy importante, pues las instituciones financieras le dan, en algunos casos, mucho más importancia que a la posesión de activos. Los activos de una personal o institución son un segundo elemento de aval para el otorgamiento de créditos. Las referencias personales y bancarias son un tercer elemento de aval para el otorgamiento de créditos. Un cuarto elemento son los sueldos de las personas, esto es, mientras más alto es el sueldo de alguien mayor posibilidad tiene de conseguir créditos.
Los grandes créditos, como por ejemplo, crédito para vehículos, hoy día de mucho valor, ya que un carro pequeño de cuatro cilindros, de cualquier marca, está por el orden de cien (100) millones de bolívares de los anteriores o cien mil (100.000) bolívares fuertes, o más. El crédito para la adquisición de una vivienda es mucho más difícil, pues requiere de mayores avales. La tendencia, equivocada por cierto, al adquirir un crédito de mayor cuantía, es hacerlo en el mayor tiempo posible. Por ejemplo, adquirir un vehículo en 5 ó 6 años tiene un costo muy alto en cuanto al pago de intereses y el vehículo podría pagarse dos veces o más de su valor original. Un plazo conveniente para el pago de un vehículo a crédito es dos o tres años máximo, esto minimiza los intereses a pagar.
El pago de una vivienda en 25 ó 30 años puede conllevar a pagar la misma tres o más veces de su valor. Por esto no es conveniente pagar una vivienda en el muy largo plazo, si sus intereses son variables y sin ningún subsidio o política especial para los que adquieren una vivienda. En el caso de las viviendas con subsidio, con políticas especiales para la adquisición de viviendas y con intereses fijos bajos, es más conveniente adquirirlas en el mayor plazo posible, pues en la persona siempre habrá lo que se conoce como «la esperanza en el incremento de los ingresos» en el largo plazo.
Para no caer en deudas, lo cual daña los créditos como una consecuencia inmediata, y con consecuencias mayores como por ejemplo, embargos, pérdida de vehículos o inmuebles; es conveniente hacer un sacrificio especial para no caer en mora. Esto se puede hacer reestructurando el presupuesto, o consiguiendo préstamos (créditos pequeños) que sean pagables en la capacidad de un individuo y que a su vez permitan conservar en el tiempo el global de los créditos.
No debemos olvidar que las leyes siempre favorecen a las instituciones financieras, pues así se han elaborado, un poco aquel principio del dicho popular que «el pez grande siempre se como al más pequeño».
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