[Adonirán Díaz – Pastor y Máster en Administración (IESA)].-
Legitimación es el acto de legitimar una cosa o persona. Esta palabra proviene del verbo LEGITIMAR. Según el Diccionario de Sinónimos y Antónimos, 4ª Reimpresión, Madrid España, 1976; el verbo tiene sus sinónimos en: autentificar, certificar, justificar y habilitar.
Autentificar significa darle validez a algo que luce como no auténtico y mediante este acto se clarifica como verdadero. Certificar, asimismo, describe de manera cierta la veracidad de un documento o un hecho público. Por ej. Copia certificada de un documento cualquiera. Un acto público donde el notario y el funcionario público expresa la certificación de tal acto. Justificar tiene que ver con el acto de testificar que determina cosa o hecho es realmente cierto. Por ej. Jesucristo es el único quien nos justifica ante Dios y por tal acto nos presenta limpios de pecado para ser aceptados por el Padre. Habilitar se refiere a dar facultades para realizar un acto de compromiso. Por ej. Habilitar un tribunal para la firma de un documento.
Por otro lado, el Nuevo Diccionario Espasa Ilustrado 2002, se refiere, en sus acepciones, PROBAR O JUSTIFICAR LA LEGITIMIDAD DE UNA PERSONA O COSA CONFORME A LAS LEYES, GARANTIZAR LA AUTENTICIDAD DE UN DOCUMENTO O FIRMA. Notemos que el acto de legitimar algo es la ejecución de eso que no se veía como auténtico pero que ahora, mediante este acto, si lo es a la luz pública.
La «legitimación de capitales» es una autentificación de un capital trasladado y convertido como legítimo desde una cuenta bancaria hacia otra persona, o de un capital habido en una determinada empresa y convertido en propiedad de alguien que no es el verdadero dueño, sino que mediante ese acto ha sido usurpado y puesto a la disposición del usurpador haciéndolo ver como un acto legal aunque realmente no lo sea.
En la «legitimación de capitales» intervienen los métodos deductivo e inductivo. El método deductivo va de lo general a lo particular. Esto ocurre cuando una institución bancaria, por ejemplo, deduce intereses activos (intereses que cobra el banco por prestar dinero) que no fueron acordados de acuerdo a las reglas establecidas entre las partes. Por ej. Se acordó el pago del 26% pero el banco dedujo el 28%, y para ello pudiera aducir que de acuerdo a la ley lo que debe pagar el prestatario es el 28% y no el 26%. Según el método inductivo se hace de lo particular a lo general, es decir, el cuentadante se las arregla para desfalcar al banco, mediante algún subterfugio y sustrae dinero que de acuerdo a la ley viola los procedimientos.
Los casos más frecuentes de «legitimación de capitales» ocurre de persona a persona dentro de una institución bancaria. Existen variedad de métodos de piratería bancaria; entre otros ejemplos, podemos señalar: 1. Se colocan al lado de alguien que está sacando dinero de un cajero automático, procediendo a ayudarlo para copiarle la clave que corresponde, o cambiándole, de manera muy rápida, la tarjeta de débito por otra muy parecida y así quedarse con la de la persona que estaba sacando el dinero. De esta manera en complicidad con personal del banco, sustraen cantidades de dinero considerables. 2. Le roban la cartera a cualquier persona, ocurre más frecuentemente a las damas, que por descuido o arrebatamiento toman los documentos y clonan tarjetas de crédito y débito, sustrayendo dinero de las cuentas bancarias personales o extrayendo dinero mediante las tarjetas de crédito, que en algunos casos no se clonan sino que de acuerdo con comercios se pasa la tarjeta y se le produce un daño al tarjetahabiente que fue robado.
Recientemente ocurrió con una dama amiga a quien en un acto público en un descuido le robaron la cartera y tomaron la tarjeta de débito de una institución bancaria importante, y supongo yo, en acuerdo con empleados del banco, trasladaron cierta cantidad de dinero a otra cuenta. Cuando esta amiga fue a reclamar le expresaron que todo había sido hecho mediante transferencia de fondos y que por lo tanto no tenía derecho a reclamo. Su queja la elevó a Superintendencia de Bancos, organismo que supervisa los Bancos, y el procedimiento está en curso.
De manera general, debemos decir que en primer lugar hay que tener mucho cuidado cuando sacamos dinero de los cajeros automáticos y además no facilitar las tarjetas de débito a cualquiera. En cuanto a las tarjetas de crédito es oportuno recomendar que no se debe alejar de ellas, es decir, si usted paga una cuenta con tarjeta de crédito acérquese al punto de venta y verifique que el cargo realizado es el que corresponde al consumo hecho por usted, y no entregue la tarjeta a cualquiera.
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