lunes, junio 8, 2026
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En vigencia Ley de Fiscalización y Regulación de las ONG y OSFL en Venezuela

La ley no aplica a asociaciones políticas ni religiosas, las cuales se rigen por normativas específicas

(Verdad y Vida).-

REDACCIÓN.- En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6855 Extraordinaria, de fecha 15 de noviembre de 2024, se publicó la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro (OSFL). ​Esta normativa busca promover y regular el régimen de estas organizaciones en el país, garantizando transparencia y control en sus actividades. ​

Objetivo de la Ley
La ley tiene como propósito regular las actividades de las ONG y OSFL, promoviendo su funcionamiento como entidades privadas de relevancia pública, regidas por los principios del derecho venezolano. ​

Definiciones clave
Organización Civil: Entidad privada sin fines de lucro que busca el bienestar público y el interés general. ​
Asociación Civil: Persona jurídica sin ánimo de lucro que persigue fines sociales o culturales. ​
Organización No Gubernamental: Entidad independiente del Estado, orientada a fines benéficos, sociales o de interés general. ​

Regulación y supervisión
El Ejecutivo Nacional será responsable de la supervisión, inspección y control de estas organizaciones, mientras que las Iglesias y Confesiones Religiosas estarán bajo la supervisión del Viceministerio de Instituciones Religiosas y Cultos. ​

Excepciones
La ley no aplica a asociaciones políticas ni religiosas, las cuales se rigen por normativas específicas. ​

Proceso de registro
Las ONG y OSFL deben obtener su personalidad jurídica a través del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), mientras que las Iglesias y Confesiones Religiosas lo hacen conforme al Código Civil.
Esta ley marca un hito en la regulación de las organizaciones civiles en Venezuela, alineándose con prácticas de otros países de la región. Su implementación busca garantizar la transparencia y el respeto a la soberanía nacional.
Para más información, consulte la Gaceta Oficial N° 6855 Extraordinario o comuníquese con el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
Este es un extracto del análisis hecho por el Ministro cristiano venezolano, Orlando Anzola; si desea leerlo completo descárguelo aquí.

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