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Autorizan uso de armas contra protestas

(Agencias/ VyV – CARACAS).-

La resolución 008610 del Ministerio de la Defensa, publicada en la Gaceta Oficial del 27 de enero de 2015, establece un nuevo modelo de control militar del orden público que incluye el «uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal», como último recurso para «evitar los desórdenes, apoyar la autoridad legítimamente constituida y rechazar toda agresión, enfrentándola de inmediato y con los medios necesarios».
Las nuevas normas menoscaban las garantías del artículo 68 de la Constitución, el cual señala: «Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público».
La resolución suscrita por el general en jefe Vladimir Padrino López no es una ley como exige la Constitución, y no distingue entre manifestaciones pacíficas y violentas, más allá de definir escuetamente la violencia mortal como la «creación de una situación de riesgo mortal». Las garantías no parecen suficientes, pues apenas se indica que «cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable», los militares deben tomar precauciones para reducir los daños.
Por su parte, el defensor del pueblo, Tarek William Saab, opinó -el pasado 03 de febrero- sobre la resolución 008610 y expresó que solicitará al Ministerio de la Defensa que en un lapso de 30 días, se redacte un manual de procedimientos para regularizar el uso de armas por parte de la Guardia Nacional Bolivariana y «blindar» este decreto. Sin embargo, la autorización de los militares para intervenir en protestas y usar armas de fuego mortales tiene vigencia inmediata.
Saab afirmó que manifestar «no es un derecho absoluto», por lo que, cuando la manifestación se torna violenta, «debe haber un procedimiento para actuar».
En contraste, la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) introdujo en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, un recurso de nulidad por inconstitucionalidad, con amparo cautelar, contra la Resolución número 008610, firmada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa, Vladimir Padrino López, por violar los artículos 68, 25, 4, 329, 332 y 337 de la Constitución de Venezuela.
Asimismo, El diputado a la Asamblea Nacional y presidente encargado del partido Alianza Bravo Pueblo (ABP), Richard Blanco, en rueda de prensa y acompañado de la dirección nacional de ABP, se pronunció en torno a esta resolución alegando que la misma «pretende legalizar la muerte de manifestantes pacíficos».
«La resolución 008610 va en contra de los derechos humanos que tienen los venezolanos, y contradice lo que establece el artículo 68 de la Constitución, el cual señala la prohibición del uso de armas tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. Con esta resolución prácticamente se legaliza la muerte en manifestaciones pacíficas», indicó Blanco.

¿Qué dice Dios?
Dios estableció, y así quedó escrito en la Biblia, que agredir, violentar, irrespetar y matar a un semejante es un grave pecado. Ello quedó taxativamente establecido en los mandamientos, específicamente el que dice «no matarás»; esta exigencia divina es irrestricta, inapelable y no admite excepción alguna.
Posteriormente Jesucristo nos mandó: «cualquiera que te hiera en la mejilla derecha, preséntale también la otra… Amen a sus enemigos, bendigan a los que los maldicen, hagan bien a los que los odian, y oren por quienes los persiguen…».
Venezuela es un país que se confiesa cristiano, por esta razón es inaceptable que se violen las Escrituras dadas las implicaciones espirituales y físicas que trae. Recapaciten, amigos del gobierno, no traigan más dolor y maldición a nuestra golpeada nación.

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